ARTÍCULO 1 DE LA CONSTITUCIÓN

ARTÍCULO 1 DE LA CONSTITUCIÓN

El presente trabajo está orientado a realizar un análisis y lo que implica el contenido del artículo uno de la Constitución de la República del Ecuador que entró en vigencia en el año 2008; se tomará en cuenta definiciones y conceptos de la doctrina en general y también de lo que su significado implica en el Ecuador, debido a que varía el significado de algunos términos dependiendo del lugar o región. 
Durante el desarrollo del trabajo se relacionarán varios artículos con el fin de esclarecer las definiciones y ahondar en el tema estableciendo una comparación y vínculo entre ellos.

El artículo número uno de la Constitución indica las características generales de lo que es el Ecuador, el presente ensayo consiste en analizar a profundidad lo que implica el texto prescrito del artículo anteriormente indicado de la carta magna que rige en el Ecuador; comenzando con lo esencial, se debe saber que este cuerpo normativo entró en vigencia el 20 de octubre del año 2008 y fue publicado en el registro oficial número 449, desde entonces ha sido objeto de discusión y controversia por tener impregnado en su contenido un idealismo utópico producto del pensamiento socialista de su creador.

El primer artículo de la Constitución, el cual es el objeto de análisis dicta lo siguiente:
“Art.  1.-  El  Ecuador  es  un  Estado  constitucional  de  derechos  y justicia,  social,  democrático,  soberano,  independiente,  unitario, intercultural,  plurinacional  y  laico.    Se  organiza  en  forma  de república y se gobierna de manera descentralizada. La  soberanía  radica  en  el  pueblo,  cuya  voluntad  es  el  fundamento de  la  autoridad,  y  se  ejerce  a  través  de  los  órganos  del  poder público  y  de  las  formas  de  participación  directa  previstas  en  la Constitución. Los  recursos  naturales  no  renovables  del  territorio  del  Estado pertenecen  a  su  patrimonio  inalienable,  irrenunciable  e imprescriptible.” (Constitución del Ecuador,  2008).

ANÁLISIS

Teniendo claro lo que es un Estado, se puede dar paso a los siguientes términos que integran el artículo; en lo que respecta a dicho punto, se indica que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia, esto implica que es un Estado basado en garantizar los derechos de los ciudadanos señalados en la constitución, respetando el valor de la vida y de las personas en base a la dignidad, la tolerancia y la paz dando a cada quien lo que merece. El conflicto con esa afirmación es que muchas veces se confunde los términos, ya que no es lo mismo un Estado constitucional de derechos y justicia con un Estado constitucional de derecho; cabe indicar que un Estado constitucional de derecho, es un Estado basado en un ordenamiento jurídico, en el cual no se indica que se garanticen los derechos de los ciudadanos.  

Hasta este punto, de ha desarrollado la definición más importante y puntual de lo que es el Ecuador según la carta magna vigente, la definición que se encuentra implícita dentro de este artículo es de suma importancia porque describe de manera general y exacta al Ecuador, sus características más relevantes e incluso muestra la inclinación ideológica que contiene la constitución y de lo que trata. Una característica muy importante que se encuentra señalada en este artículo es “social”, dicha palabra implica que el Estado debe interactuar con todos los sectores, de tal manera que garantice de la mejor forma posible el otorgamiento de los derechos a los ciudadanos.

Opinión del articulo 1, const. ecuador 2008

El señor Lenin Salazar indica su inclinación a la preferencia del articulo, indica que prefiere el contexto del contenido actual.

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