PENSIONES ALIMENTICIAS EN LA ACTUALIDAD

PENSIONES ALIMENTICIAS EN LA ACTUALIDAD

El tema de las pensiones alimenticias no se trata de una situación que viven unos cuantos, en ciertos lugares, sino que es una realidad a nivel global que se extiende a cada rincón del mundo y que su incumplimiento afecta a muchas personas, siendo los más afectados los niños.
Hoy en la actualidad se cuenta con distintas leyes reguladas, revisadas y controladas por organismos que velan por el cumplimiento de dichas pensiones.
Resultado de imagen para pensiones alimenticiasLa importancia de las pensiones alimenticias recae en el deber de proveer a la descendencia el sustento necesario para su crianza; si una pareja unida en matrimonio decide disolver el pacto conyugal, aquel que pida o se haga cargo de la custodia de los menores tiene derecho a exigir y recibir una ayuda económica para solventar los gastos del cuidado, alimentación, vestimenta, educación, salud, recreación, etc. de la prole.      
De acuerdo al Código de la Niñez y Adolescencia (2014), en el título V, cap. I, art. 4, numeral 2, se manifiesta que también tienen derecho a reclamar alimentos: “Los adultos o adultas hasta la edad de 21 años que demuestren que se encuentran cursando estudios en cualquier nivel educativo que les impida o dificulte dedicarse a una actividad productiva y carezcan de recursos propios y suficientes”. (       Pág. 45). La obligación de proveer a la descendencia no termina al cumplir estos la mayoría de edad, sino que la responsabilidad continua al comprobarse que estos en verdad la necesitan por motivos de estudio o algún otro determinado por la ley.
Como ya se ha dicho con anterioridad, el tema de las pensiones alimenticias es una realidad global,estando presente en países del primer mundo tanto como en países tercermundistas.
Resultado de imagen para pensiones alimenticiasSe puede tener una idea más clara al observar ciertos datos estadísticos, en México este tema también está presente, como lo informa El Occidental (2013) “A nivel nacional, el 67.3 por ciento de las madres solteras no recibe pensión alimenticia a pesar de ser determinada por un juez” (párr. 1). De acuerdo a estas estadísticas observamos que, durante el año 2013, México presento un alto nivel de incumplimiento en relación a pensiones alimenticias debido a que los mecanismos que se encontraban en vigor no garantizaban por si mismos que se cumpla con este derecho.
En Chile, de acuerdo a una noticia publicada en un portal web de la Universidad de Chile, Palma (2015) nos afirma que: el 60% de los demandados por pensiones de alimentos no paga este derecho que les corresponde a los hijos hasta los 21 años y 28 en caso que estén estudiando” (párr. 6). Se puede apreciar un elevado porcentaje de pensiones que no son canceladas, provocando que estos niños se críen en desigualdad de condiciones en relación a los que sí tienen a sus dos padres como base de apoyo.
También podemos observar los datos del estado de New Jersey, U.S.A. que fueron publicados por Reporte Hispano (2014) el cual nos indica “En Nueva Jersey el 58% de los más de 400 mil niños cuyos padres o madres están obligados a contribuir mensualmente con la pensión alimentaria, no están recibiendo el dinero que requieren para su manutención” (párr. 2). Al ser una cifra tan elevada la mayoría de padres y madres que no cumplieron con las pensiones se arriesgaron a recibir órdenes de arresto y la imposibilidad de realizar trámites.
En Ecuador esta problemática no es diferente a la de otros países, es una realidad que se manifiesta en nuestra sociedad desde hace mucho tiempo, que ha dejado marcada la vida de muchas personas.
Es por esto que el gobierno ha decidido implementar un Plan Nacional del Buen Vivir (2013), el cual busca formar una sociedad solidaria e igualitaria; esto se puede apreciar en los objetivos:
 1 “Consolidar el Estado democrático y la construcción del poder popular” y  2 “Auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y territorial en la diversidad”, y en los lineamientos ,1.1 “Profundizar la presencia del Estado en el territorio nacional, garantizando los derechos de la ciudadanía”, 1.10. “Promover el diálogo como forma de convivencia democrática y mecanismo para la transformación de conflictos”, 2.9.c. “Diseñar e implementar mecanismos que fomenten la corresponsabilidad de la familia y la sociedad en el desarrollo infantil integral”.             
Según la Constitución del Ecuador (2008), en el Titulo II, cap. Segundo, sección primera, art. 13, se manifiesta:
 “Las personas y colectividades tienen derecho al acceso seguro y permanente a alimentos sanos, suficientes y nutritivos; preferentemente producidos a nivel local y en correspondencia con sus diversas identidades y tradiciones culturales. El Estado ecuatoriano promoverá la soberanía alimentaria”.  (Pág13.)
Y en su capítulo tercero, sección quinta que nos indica “El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos…” (Art. 44). Todo esto nos indica que el derecho de los menores a recibir una alimentación adecuada es un inviolable y una obligación de sus progenitores ya que está respaldado por la ley. 

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